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Congreso del Estado a favor de la erradicación de brecha salarial en función de género

Fecha:

Morelia, Michoacán, 02 de julio de 2025. Al reformar artículos de la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y, a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, el Pleno Legislativo estableció que el Gobierno del Estado deberá definir como uno de sus objetivos institucionales, vigilar, combatir y erradicar, tanto las barreras de acceso y permanencia en igualdad a los espacios laborales, así como la aún existente brecha salarial en función del género.

En el Dictamen propuesto por las comisiones unidas de Igualdad Sustantiva y de Género, así como del Trabajo y Previsión Social, se definieron reformas a los artículos 2°, 17, 35 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Michoacán de Ocampo; para definir la brecha salarial de género como la diferencia de retribución salarial por razones de género, respecto a la realización de un trabajo remunerado de igual valor.

También incluyeron en el marco jurídico el establecimiento de medidas tendientes a erradicar en todos los ámbitos de la vida profesional y laboral la brecha salarial de género; mandata  revisar los sistemas fiscales para superar los factores que relegan la incorporación de las personas al mercado de trabajo, en razón de su sexo o género y la brecha salarial de género; y a fomentar el acceso al trabajo de las personas que, debido a su sexo o género, están relegadas de puestos directivos.

Respecto a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo, la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó reformas al artículo 7, 11, y 40, donde se especifica que las autoridades están obligadas en ejercicio de sus atribuciones y funciones, a promover mecanismos y acciones tendientes a garantizar la igualdad salarial, entre hombres y mujeres.

Cabe destacar que el Dictamen las diputadas y diputados coincidieron en la necesidad de homologar la legislación con las recientes reformas a fin de garantizar la igualdad sustantiva y de género, específicamente en materia de brecha salarial, “ya que responden a los cambios económicos, sociales y culturales en favor de los derechos de las mujeres.  Las iniciativas materia de estudio, tienen como objetivo erradicar la diferencia de remuneración entre hombres y mujeres por realizar trabajos de igual valor”.

En su redacción, se señala que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos establece que la Política Nacional deberá considerar el establecimiento de medidas tendientes a erradicar en todos los ámbitos de la vida profesional y laboral, la brecha salarial de género, con el diseño, implementación, ejecución y evaluación de políticas públicas y medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo; así como la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres en los sectores público, privado y social.

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