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miércoles, marzo 4, 2026

Aprueba 76 Legislatura inicio de proceso de Juicio Político a servidor público

Fecha:

⁠El proceso se realiza de forma confidencial a solicitud del demandante

Morelia, Michoacán; a 08 de marzo de 2025. Comprometidos con la transparencia y rendición de cuentas, las y los diputados de la 76 Legislatura declararon procedente a juicio político a un servidor público por violentar, de manera sistemática, los planes, programas y presupuestos o las leyes que regulan el manejo de los recursos públicos.

Mediante dictamen emitido por las Comisiones Unidas de Gobernación y  Puntos Constitucionales, luego del estudio y análisis, determinaron la procedencia de la denuncia de juicio político presentada por un ciudadano, quien al igual que el nombre del servidor público, se reservan como confidenciales a solicitud del propio ciudadano.

Cabe destacar que el dictamen aprobado por unanimidad, establece que el denunciado incurrió en violaciones contempladas en la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado; por lo que, el expediente fue turnado a la Comisión Jurisdiccional, misma que tendrá que notificar por escrito al denunciado para que comparezca o informe por escrito sus excepciones y pruebas dentro de los siete días naturales siguientes a la notificación.

Es así, que transcurridos los siete días, dicha Comisión abrirá un período de treinta días naturales para valorar las pruebas que ofrezcan el denunciante, el servidor público o su defensor., con opción a ampliar el plazo de ser necesario.

Paralelamente, durante la sesión extraordinaria se declaró improcedente la denuncia de Juicio Político que presentó la Constructora de Imagen Exterior S.A de C.V, en contra de los CC. Susana Vásquez Pérez, Alfonso Martínez Alcázar y Yankel Benítez Silva, Síndico, Presidente y Secretario, respectivamente, del Ayuntamiento de Morelia, correspondiente al Periodo 2021-2024; del cual se concluyó que la Constructora no cuenta con la legitimación procesal activa para  promover tal procedimiento.

Asimismo, al considerar que no existen elementos suficientes que permitan declarar la procedencia e iniciar juicio político en contra del C. Everardo Tovar Valdez, Magistrado en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, presentado por el M. en D. José Martín Ramos Ruiz, en su carácter de apoderado jurídico del Ayuntamiento de Epitacio Huerta, Michoacán.

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