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A propuesta del diputado Hugo Rangel, Congreso del Estado pide a Morelia y al CEAC atender el saneamiento del Río Chiquito

Fecha:

Morelia, Michoacán, 04 de julio de 2025. A través de un exhorto, el Congreso del Estado de Michoacán solicitará al Municipio de Morelia y a la Comisión Estatal para el Agua y Gestión de Cuencas del Gobierno del Estado de Michoacán (CEAC) inicien acciones reforzadas, concretas y medibles para la recuperación y saneamiento del Rio Chiquito y su Microcuenca, para garantizar con efectividad el Derecho Constitucional de acceso al Agua.

A propuesta del diputado Hugo Ernesto Rangel Vargas, las y los legisladores votaron a favor de la propuesta de Acuerdo en donde se estableció que el río Chiquito enfrenta como problemas principales la contaminación del agua, la tala indiscriminada, incendios provocados, extracción de recursos naturales, crecimiento urbano no planificado, disminución de la calidad de los servicios ambientales, plantas de tratamiento de agua inoperantes o insuficientes, alto grado de marginación en varias colonias y desinterés de las autoridades y de la población en su preservación.

El legislador explicó que los efectos que dichos problemas conllevan son la pérdida de la vida acuática, de los bosques y por tanto de la captación de agua de lluvia, pérdida de la flora y fauna, explotación de los recursos del bosque y cambio de uso de suelo.

“De esta manera, con la disminución de las capacidades ambientales del río Chiquito se pone en riesgo el derecho de acceso al agua los habitantes de Morelia, por lo tanto, es urgente y necesario exhortar a las autoridades competentes a emprender actividades reforzadas para recuperar y sanear al río chiquito y su microcuenca”, precisó.

Ante el Pleno explicó que si bien, tanto, el municipio de Morelia, como el Gobierno del Estado, realizan acciones para cumplir con sus obligaciones; es urgente que, ante la disminución de las capacidades ambientales del río Chiquito y su microcuenca, realicen acciones reforzadas, concretas y medibles para recuperarlo y sanearlo.

En el punto de Acuerdo aprobado se puntualizó que  de acuerdo al artículo 96 de la Ley Orgánica Municipal, los Ayuntamientos del Estado prestarán el servicio público de Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, mientras que el 4º de la Ley de Aguas y Gestión establece que el Estado instrumentará mecanismos para mantener o reestablecer el equilibrio hidrológico en las cuencas en que participe la entidad.

De igual forma, que entre las atribuciones de la Comisión Estatal del Agua y Gestión de Cuencas del Gobierno del Estado de Michoacán, está el coordinarse con la Comisión Nacional del Agua para la creación y operación del Sistema Integral de Información de Usuarios de Aguas Nacionales, usos y disponibilidad de líquido en las cuencas hidrológicas del Estado.

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